Aplazamiento impuestos al 20 de mayo
El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación de los plazos de presentación y pagos de declaraciones trimestrales de impuestos para que los autónomos y las pymes cuyo volumen de ventas en 2019 no superior a 600.000,00 € a efectos del IVA.
Se amplia el plazo de presentación de las liquidaciones y autoliquidaciones del 1º trimestre hasta el 20 de mayo de 2020, o hasta el 15 de mayo en caso de domiciliación.
(Adjuntamos texto legal) Artículo único. Extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones.
1. En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.
Esta medida no afecta a grupos fiscales a efectos Impuesto de Sociedades y régimen especial de grupo de entidades a efectos de IVA.
Para cualquier duda podéis contactar con la asesora fiscal de la Federación, Isabel Tolosa en el 96 351 51 76 o en el correo electrónico: fiscal@fehv.es