Ayudas Ayuntamiento de València
Hoy se ha publicado en el BOP la línea de Ayudas del Ayuntamiento de Valencia para pymes y autónomos. El plazo de solicitud empieza mañana 1 de abril y finalizará el 4 de mayo.
1.- Se concederá una cantidad fija de 3.000€ para personas físicas y jurídicas con o sin trabajadores a su cargo cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo.
2.- Se concederá una cuantía fija de 2.000€ a aquellas personas físicas o jurídicas sin trabajadores a su cargo que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos pero hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.
Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad. Esta reducción de facturación se deberá justificar con la presentación de la documentación requerida en el punto 8.
La cantidad de 3.000€ o la de 2.000€ a las que se refiere los dos párrafos anteriores, se incrementará en 2.000 € en caso de tener hasta 9 trabajadores (inclusive) y en 3.000€ en caso de tener desde 10 hasta 49 trabajadores (inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020.
Todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.
Requisitos para ser persona o empresa beneficiaria:
1.- Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa.
b) Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo o, no siendo este el caso, que la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.
Este requisito se justificará a través de una declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada y junto con la documentación requerida en el punto 8 de esta convocatoria.
c) Que la actividad afectada por el cierre del establecimiento dispuesta por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.
Plazo y Forma de presentación de solicitudes
Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio de Emprendimiento e Innovación Económica, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València https://sede.valencia.es/sede en el apartado de “trámites”, seleccionar materias y dentro de estas, seleccionar “actividad económica, empleo y consumo”.
Desde el Ayuntamiento de Valencia nos informan que ante los problemas para acceder al registro de la sede electrónica municipal para la tramitación de las Subvenciones Re-activa para autónomos y pymes, se comunica la posibilidad de presentar también las solicitudes a través de la sede del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en la siguiente dirección (RED SARA):
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
Toda la información de la convocatoria se encuentra en la web municipal;
Y en la web de València-Activa.
http://valenciactiva.valencia.es/es/valencia-emprende/subvenciones-re-activa-valencia
3.- El plazo de presentación finaliza el 4 de mayo.