7 abril 2020

Ayudas Generalitat Valenciana autónomos

El miércoles 8 de abril se inicia el plazo para que los autónomos (incluidos los socios de cooperativas de trabajo asociado) podáis solicitar las ayudas para compensar la disminución de ingresos derivada de la declaración del estado de alarma.

Requisitos para ser beneficiario:

a) Haber figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.
b) Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al mes anterior a la solicitud de la ayuda en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

Cuando la persona solicitante no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo
de actividad.

c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

Quedarán excluidas las personas trabajadoras autónomas que:

  • A 14 marzo 2020 fueran perceptores de prestación de desempleo
  • A 14 de marzo y posteriores fueran trabajadores por cuenta ajena
  • Hubieran obtenido rendimientos netos de actividad en 2019 mayores a 30.000€.

La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas Covid-19». Estará disponible en este enlace de la página web de LABORA la documentación para realizar la solicitud (es probable que no esté operativo este enlace hasta el día 8 de abril).

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 09.00 horas del día 4 de mayo de 2020.

Documentación que debe acompañar a la solicitud

  1. Solicitud.
  2. Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  3. Declaración responsable relativa a los requisitos exigidos.
  4. Modelo de domiciliación bancaria.
  5. En caso de no disponer de firma electrónica y actuar mediante representante, se aportará formulario relativo a la representación.
  6. Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas a la persona solicitante

Solo se admitirá una solicitud por persona.

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