Publicación decreto estado de alarma
Ya ha entrado en vigor el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siendo de inmediata aplicación.
Esta medida tendrá una duración de 15 días naturales, en los que se establece un régimen especial con limitaciones de circulación y actividades, entre otras cuestiones.
Suspensión aperturas para establecimientos de restauración y ocio:
En relación con las actividades de restauración y ocio, el Real Decreto recoge medidas que ya establecía la Resolución de la Generalitat Valenciana aprobada el viernes, en la que se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos y de ocio, así como se suspenden las actividades de hostelería y restauración. En el real decreto se especifica que solamente se podrán prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio.
En el caso de los establecimientos de alojamiento que dispongan de bares o restaurante solamente pueden dar servicio a sus huéspedes.
Para cualquier consulta en el 96 351 51 76, en el mail: fehv@fehv.es.